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Audiencia Provincial absuelve a dos miembros de organización desokupa por coacciones a inquilina embarazada en Vigo
La Audiencia Provincial de Pontevedra ha revocado la sentencia que condenó a un miembro de una organización desokupa por coaccionar a una inquilina embarazada en Vigo, absolviedo a ambos acusados. El caso se remonta al 18 de febrero de 2025, cuando el juez de la plaza número 2 de la Sección de Violencia sobre la Mujer de Vigo condenó a un individuo por pintar la palabra «okupa» en la puerta de la vivienda de una mujer embarazada, taponando la mirilla y dañando la cerradura con pegamento. El magistrado consideró que el acusado había perturbado la paz residencial de la denunciante e intentado forzarla a abandonar la vivienda fuera de los cauces legales. El segundo implicado, que acompañaba al principal acusado, ya había sido absuelto en un juicio previo por tener un papel pasivo en el incidente. El condenado apeló ante la Quinta Sección de la Audiencia de Pontevedra, que en una sentencia del 1 de septiembre de 2026 revocó la resolución anterior. La sala consideró que solo está probado que «dos personas sin identificar» acudieron a realizar las pintadas, sin poder confirmar si los acusados fueron los responsables. Además, se planteó la posibilidad de que los supuestos miembros de la organización desokupa hubieran acudido dos semanas antes, el 6 de febrero, para exigir el cobro del alquiler. La policía identificó a los sospechosos no por cámaras de seguridad, sino por el relato del gerente de la compañía de desokupación DIO Express. Dado que los acusados negaron su participación, la Audiencia Provincial decidió absolverlos. La noticia destaca que la inquilina había mantenido serias desavenencias contractuales con los propietarios desde 2024, y que el hijo de la casera había contratado los servicios de DIO Express para desocupar la vivienda. El caso ha generado debate sobre los métodos utilizados por las organizaciones desokupa y su impacto en los derechos de los inquilinos, especialmente en situaciones sensibles como el embarazo. La sentencia refleja una interpretación más estricta de las pruebas necesarias para condenar a alguien por coacciones, resaltando la importancia de la identificación clara de los responsables en casos de este tipo.